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Defensoría del Pueblo presenta ante el TCP acciones para declarar inconstitucional Decreto mordaza y de los transgénicos

Sucre, 14 de mayo de 2020.- La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, este jueves, presentó dos acciones de inconstitucionalidad abstracta, en contra de los decretos que viabilizan la introducción de semillas transgénicas en el país y restringen la libertad de expresión en cuanto a temas referidos a la pandemia del COVID-19, porque considera que son inconstitucionales, entre otras razones.

El Decreto Supremo 4232, que autoriza un proceso abreviado de evaluación de las semillas transgénicas del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, viola el derecho a la seguridad alimentaria, transgrede el principio de supremacía constitucional y el de reserva legal, y atenta contra la biodiversidad de semillas originarias y diversas como el maíz, explicó la Defensora, quien llegó a la capital del país para presentar ante el Tribunal Constitución Plurinacional, las dos acciones.

Señaló, asimismo, que la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo 4231, el artículo 7 parágrafo II del Decreto Supremo 4199 y el artículo 13 en su parágrafo II del Decreto Supremo 4200 son incompatibles con la constitución, porque vulneran el precepto de la libertad de información y de opinión y porque cualquier restricción a este principio sólo puede establecerse por ley.

Respecto a los transgénicos, observó que el artículo 409 de la Constitución Política del Estado señala que la producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por ley y no por un decreto, como pretende el Gobierno Nacional.

Detalló que ese decreto se constituye en una norma que afecta el derecho a la seguridad alimentaria, con lo cual se vulnera el principio de reserva legal, pues tales aspectos sólo pueden ser desarrollados por una ley. También alertó que se atenta contra la seguridad alimentaria al reducir los protocolos para determinar si el consumo y uso de semillas transgénicas son seguras para la salud y el medioambiente.

La Defensora añadió que esa norma atenta contra la diversidad genética de semillas como las del maíz, que tiene las características de ser centro de origen, diversidad, patrimonio genético.

Con relación a la libertad de expresión, apuntó que esos decretos restringen la expresión libre de opiniones, consagrado como derecho fundamental por la Constitución Política del Estado y que se constituye en pilar del sistema democrático, y recurren a la vía penal sin explicar razones y utilizando términos vagos y susceptibles de cualquier intromisión arbitraria.

“En Bolivia, la Asamblea Legislativa Plurinacional es la única que se encuentra con la legitimidad constitucional para limitar derechos fundamentales, pero bajo los principios de proporcionalidad y razonabilidad. En otras palabras, cualquier restricción de los derechos fundamentales, como el de la libertad de información y opinión, pasa necesariamente por un diálogo democrático en el Órgano Legislativo”, enfatizó la Autoridad.

Por lo expuesto, pidió al Tribunal Constitucional Plurinacional “expulsar del ordenamiento jurídico” a las referidos decretos por ser inconstitucionales.

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