
01 de enero 2026.- De acuerdo al Decreto Supremo 5515, emitido el 29 de diciembre y publicado el 31, que permite que el presidente Rodrigo Paz ejerza sus funciones “a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”. La medida surge antes de su viaje al Foro Económico Mundial en Davos y generó inquietud en algunos legisladores del PDC ante la eventual suplencia de Lara, quien se declaró opositor al Gobierno.
La norma “tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo” y “se modifica el artículo 9″. Antes, este apartado solo recordaba que el presidente contaba con las atribuciones del artículo 172 de la CPE, pero ahora añade que deberá ejercerlas “a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”, estableciendo además comunicaciones formales si fuera imposible usar dichos medios.
También cambia el alcance del rol del vicepresidente. Antes, el artículo 10 señalaba que “la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado Plurinacional tiene las atribuciones establecidas en la Constitución Política del Estado”, pero ahora precisa que “la Vicepresidencia del Estado tiene como funciones gestionar y coadyuvar acciones en el marco de la dirección de la política general del Gobierno” y que, en caso de suplencia temporal, actuará según el detalle instruido por el presidente y en coordinación con el Ministerio de la Presidencia.
Para Paz el ministro José Luis Lupo y el viceministro Wilson Santa María tendrían más poder y atribuciones que el vicepresidente de Bolivia , Edmand Lara .


