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Se anuncia un juicio internacional contra el Gobierno del ex Presidente Evo Morales por el denominado caso terrorismo

Domingo 25 septiembre 2022.,- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó, que en el hotel Las Américas hubo ejecuciones extrajudiciales y torturas ordenadas por el Gobierno en contra de cinco miembros de un supuesto grupo armado. El documento fue aprobado por la CIDH el 21 de diciembre de 2021.

El informe está en la antesala de la Corte Internacional de Derechos Humanos, que juzgará al estado boliviano, no al gobierno de Evo Morales. Para evitarlo, el país debe cumplir cuatro recomendaciones, entre las que figura un juicio en contra de los responsables por la ejecución extrajudicial.

“La comisión concluye que la muerte de Dwyer resulta atribuible al Estado y constituye a una privación arbitraria de la vida, establecido en el artículo 4 de la Convención Americana del “derecho a la vida” y en su punto 1, que advierte: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

La comisión analizó las condiciones de las detenciones y las torturas cometidas en contra de los peticionantes Mario Tadic, Elöd Tóásó, Juan Carlos Guedes y Alcides Mendoza.

“La comisión estima que las detenciones se produjeron de manera ilegal y arbitraria. El Estado es responsable de la violación de su derecho a la libertad personal, basada en que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal ya que nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas en la Constitución, las leyes o partes dictadas conforme a ellas”.

En la conclusión final, la Comisión IDH establece que el Estado boliviano es responsable por la violación de los derechos a la vida (artículo 4), integridad personal (artículo 5), libertad personal (artículo 7), garantías judiciales (artículo , protección de la honra y de la dignidad (artículo 11) y protección judicial (artículo 25) de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Para evitar un juicio ante la Corte Internacional de Derechos Humanos, el país debe obedecer cuatro recomendaciones: Reparar las violaciones y tomar medidas de compensación económica y satisfacción, disponer las medidas de atención en salud física y mental para la rehabilitación de las víctimas, una investigación diligente para sancionar y tomar las medidas para que en el futuro se produzcan hechos similares.

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