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TSE aclara que tres candidatos a la Alcaldía de El Alto no están inhabilitados y pueden impugnar la demanda por residencia

La Paz, 18 de marzo de 2026.– El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó la tarde de este miércoles que los candidatos a la Alcaldía de El Alto, Eynar Viscarra, Eliser Roca Tancara y David Vargas, fueron notificados con resoluciones que declaran probadas las demandas de inhabilitación presentadas en su contra por presunto incumplimiento del requisito de residencia. Sin embargo, el órgano electoral aclaró que ninguno de ellos ha sido inhabilitado de manera definitiva, ya que las resoluciones aún no se encuentran ejecutoriadas y pueden ser impugnadas.

El TSE explicó que la ejecutoriación de las resoluciones es un trámite legal indispensable para que una inhabilitación cobre efecto. Hasta que no se complete este procedimiento, los candidatos implicados mantienen su estatus habilitado y pueden continuar con sus actividades proselitistas en el marco de las elecciones subnacionales de 2026.

El organismo electoral reiteró su compromiso con la transparencia y el estricto apego a la ley, y subrayó la importancia de respetar los plazos y procedimientos establecidos. Asimismo, hizo un llamado a los actores políticos y a la ciudadanía a aguardar los resultados definitivos del proceso, evitando especulaciones que puedan afectar el desarrollo normal de los comicios.

La normativa electoral establece con claridad los requisitos que deben cumplir los candidatos a cargos municipales. Según el Reglamento de Registro de Candidaturas para las Elecciones Subnacionales 2026, los aspirantes a alcaldes deben acreditar “residencia permanente de dos años” en el municipio al que postulan, mediante la presentación del certificado de domicilio electoral y una declaración notarial.

La base legal de este requisito se encuentra en los artículos 285.I.1 y 287.I.1 de la Constitución Política del Estado, que exigen a los candidatos “haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en el departamento, región o municipio correspondiente”.

En cuanto a los medios de prueba, los postulantes pueden demostrar el cumplimiento de este requisito mediante diversos documentos, como certificaciones vecinales, facturas de servicios básicos u otros medios que acrediten su radicatoria en el municipio. El certificado del Padrón Electoral constituye uno de los documentos válidos para verificar este requisito.

Desde el entorno del candidato Eynar Viscarra se evalúan las acciones legales correspondientes para demostrar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por ley, confiando en que prevalecerá el criterio jurídico y su derecho al debido proceso. La defensa del ingeniero Viscarra trabaja en la recopilación de la documentación que acredite su residencia permanente en el municipio de El Alto durante el período exigido, con el objetivo de presentar los argumentos y recursos que la normativa electoral le otorga para revertir la decisión inicial.

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